IV. Obligación de uso de preservativo y prohibición de publicidad

 

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En las relaciones sexuales (orales, vaginales, anales) han de utilizarse siempre preservativos. Los clientes que no utilicen preservativos pueden ser castigados con multas.
En los locales de prostitución, las gestoras o gestores han de advertir sobre la obligación del uso de preservativo mediante un aviso bien visible.

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La publicidad para la prostitución está prohibida si pone en peligro a niños o adolescentes. La novedad es que no debe hacerse publicidad para relaciones sexuales sin preservativo o para relaciones sexuales con mujeres embarazadas.
El incumplimiento de esta prohibición de publicidad es una infracción. Se pueden fijar multas de hasta diez mil euros.